Introducción
El Banco Central del Ecuador (BCE) presenta el boletín analítico con resultados de la Compra y Venta de Divisas Negociadas por las Entidades Financieras Privadas correspondiente al año 2023.
En la compra y venta de divisas, las entidades financieras (EFI) son actores fundamentales del mercado, ya que, al realizar una negociación de divisas, los bancos interactúan directamente entre sí (con bancos nacionales o extranjeros), utilizando corredores interbancarios o sistemas de negociación electrónicos.
Principales resultados
➊ Divisas negociadas
Durante el año 2023, las entidades del sistema financiero privado llevaron a cabo transacciones de divisas distintas al dólar por un total USD 3.903,6 millones en compras y USD 6.083,5 millones en venta (Figura 1: Divisas negociadas).
➋ Principales divisas
Para el año 2023, las principales divisas negociadas por los agentes económicos fueron las siguientes: euro, peso colombiano, yen japonés, nuevo sol peruano, nuevo peso mexicano, libra esterlina y real brasilero. Las EFI privadas negociaron estas divisas en el mercado nacional e internacional para atender sus requerimientos y la demanda de sus clientes.
La Figura 2. detalla el comportamiento de la negociación de estas divisas para el año señalado.
En el año 2023, el euro se ubicó como la moneda de mayor preferencia para transacciones de compra y venta. Estas operaciones registraron una tasa de variación de 4,5% respecto al año 2022 para la compra y -2,6% para la venta. Le sigue en importancia el peso colombiano con una variación de -25,4% para la compra y 175,4% para la venta. Asimismo, el yen japonés presentó una variación de 4,4% en compra y 23,0% para la venta.
Tabla 1. Compra y venta de divisas, año 2022 y 2023 (Millones de USD)
Las variaciones en la compra y venta de divisas negociadas por parte de las entidades financieras privadas se atribuyen principalmente a la demanda generada por los agentes económicos. Está demanda está motivada por diversas necesidades, como cubrir el pago de importaciones de bienes, efectuar pagos a proveedores, realizar transferencias personales, cumplir con obligaciones financieras, y llevar a cabo inversiones, entre otros egresos.
A continuación, se detalla el monto mensual en miles de dólares de la negociación de compra y venta de las principales divisas efectuadas por las entidades financieras privadas durante el año 2023. La Figura 5. recoge además, la compra y venta de divisas con menor importancia relativa en el total de las transacciones del año.
Figura 3: Compra
EUR
COP
JPY
PEN
MXN
GBP
BRL
Figura 4: Venta
EUR
COP
JPY
PEN
MXN
GBP
BRL
Figura 5: Otras divisas
Fuente:
- Información reportada por las EFI privadas.
- Los valores en blanco dentro de esta serie significan que para ese período no se registraron transacciones de compra y venta declaradas por las EFI.
➌ Transacciones de compra y venta de divisas: Distribución geográfica
Con respecto al año 2023, las provincias de Pichincha, Guayas y Azuay concentran la mayor cantidad de transacciones de compra y venta de divisas por las EFI privadas a nivel territorial.
Figura 6: Transacciones de Compra
Figura 7: Transacciones de Venta
Base legal
• Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF)
Art. 43.- Información sobre negociación de divisas distintas del dólar.
“Las entidades del sistema financiero nacional autorizadas a negociar en divisas distintas del dólar de los Estados Unidos de América, comunicarán al Banco Central del Ecuador, en la forma y con la periodicidad que la Junta de Política y Regulación Monetaria determine, para fines estadísticos, los montos y tipos de cambio de las operaciones que efectúen, así como la información que el Banco Central del Ecuador requiera acerca del movimiento de sus cuentas en divisas. El Banco Central del Ecuador sancionará el incumplimiento de esta disposición como infracción muy grave de acuerdo con este Código.”
• Junta de Política y Regulación Monetaria (JPRM)
Resolución Nro.15 – 2022. Política de servicios del Banco Central del Ecuador para operar con el exterior.
Capítulo I. Transacciones Bancarias
Art. 3.- Las entidades del sistema financiero nacional autorizadas a negociar en divisas distintas del dólar de los Estados Unidos de América, para fines estadísticos, deberán reportar mensualmente al BCE las operaciones de compra y venta de divisas distintas al dólar de los Estados Unidos de América que realicen, inclusive aquellas pactadas a futuro o a través de otros instrumentos derivativos, indicando monto, plazo y tipo de cambio.